![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjP3Jw16f2mCXVxy_uuGbwOge0b9Qy8ANv_hdO6ZgfpIOG0pVeXEkjd0KkQG738RQM0P6Mlqth2yQWLPEFAzg0YpmVKTM3YpiqTB4LmohqCwaXzPgMUmO9nOR8aryYGLmfh4lJgJ7pKtoEr/s320/derechoinformatico_7.jpg)
- Comentarios generales a la reciente ley federal mexicana de protección de datos personales en posesión de los particulares. Por Abog. Arturo Gonzáles Solis
- Responsabilidad derivada de los informes crediticios. Por Abog. Eduardo Molina Quiroga
- Coaching y derecho a la informática. Por Lic. Silvina Schmidt
- Un lanzamiento muy esperado: OPENSUSE 11.4 -el linux que esperabas-. Por Sergio Mendoza
- Persecución de los delitos informáticos desde la perspectiva informática: Realidad tecnológica del seguimiento. Por Abog. Roberto Lemaitre
- ¿Estás preparado para gestionar los incidentes de Seguridad?. Por Lic. Mariano del Río
- A jurisprudencia brasileira sobre responsabilidade do provedor por publicaçöes na internet. Por Abog. Demócrito Reinaldo Filho
- Entrevista al Dr. José Luis Tesoro
Una información interesante para ayudar en la seguridad informática, tan importante para garantizar el correcto funcionamiento de nuestros sistemas. Saludos.
ResponderEliminar